Esta se estableció para aquellas personas naturales contribuyentes que posean activos en el exterior de cualquier naturaleza.
La época de la declaración de renta para personas naturales se aproxima. Deberán declararla entre agosto y octubre de 2024; para esto, los colombianos que vivan o no en Colombia pueden ser residentes tributarios.
En agosto, declararán las personas naturales que tengan como últimos dígitos de la cédula los números del 01 al 26.
Mientras que, para septiembre, serán los terminados 27 al 66. En octubre, lo harán las personas cuyas cédulas terminen de los dígitos del 67 a 00.
¿Quiénes deben declarar renta si residen en el exterior?
De acuerdo con la Dian, hay varias condiciones para que los colombianos que viven en el exterior tengan que declarar renta en Colombia:
Primero, permanecer de manera continua o discontinuamente en el país por más de 183 días calendario, incluyendo días de entrada y salida del país, durante un periodo cualquiera de 365 días calendario consecutivos, en el entendido que, cuando la permanencia continua o discontinua en el país recaiga sobre más de un año o periodo gravable, se considerará que la persona es residente a partir del segundo año o periodo gravable.
Se puede encontrar exentos de tributación en el país en el que se encuentran en misión respecto de toda o parte de sus rentas y ganancias ocasionales durante el respectivo año o periodo gravable.
Si su cónyuge o compañero permanente no separado legalmente o sus hijos dependientes menores de edad tengan residencia en Colombia.
Que el 50 % o más de sus ingresos sean de fuente colombiana.
Que el 50 % o más de sus bienes sean administrados en Colombia.
Que el 50 % o más de sus activos se entiendan poseídos en Colombia.
Que, habiendo sido requeridos por la Dian para ello, no acrediten su condición de residentes en el exterior para efectos tributarios.Tener residencia fiscal en una jurisdicción calificada por el Gobierno Nacional como paraíso fiscal.
¿Quiénes declaran renta?
Las personas naturales que cumplan con los siguientes requisitos tendrán que declarar renta:
• Con corte al término del año gravable 2023, haber tenido un patrimonio bruto igual o superior a $190’854.000.
• Los que tiene ingresos totales del ejercicio gravable iguales o superiores a $59.376.800.
• Consumos con tarjeta de crédito igual o superiores a $59.376.800.
• Valor total de compras y consumo igual o superior a $59.376.800.
• Valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras iguales o superiores a $59.376.800.
• Para alcanzar el umbral de ingresos, una persona debe tener ingresos promedios mínimos al mes de $4.900.000.
¿Qué es la declaración sugerida?
La declaración de renta sugerida es una alternativa editable que le va a permitir como contribuyente conocer el reporte de los terceros o información exógena frente a las casillas de ingresos brutos e ingresos no constitutivos de renta asociados con las rentas de trabajo, capital, no laborales y/o pensiones, además de las retenciones.
Allí puede terminar de diligenciar y editar los demás campos de la declaración en caso de que poseas otras rentas (dividendos y participaciones), así como los renglones restantes para los cuales no hay sugerencia.
Igualmente, puede ingresar la información del patrimonio y editar las rentas exentas y deducciones imputables relacionadas con tu realidad económica, si hay lugar a ello.
La declaración de renta sugerida aplica para una persona natural con ingresos provenientes única y exclusivamente de rentas de trabajo, capital, no laborales o de pensiones y en ningún caso es de la suma de las anteriores.
Tenga en cuenta que en caso de encontrar datos que no correspondan a la realidad jurídica, económica y financiera, la persona debe contactarse directamente con quien reportó sus datos para que realice la corrección.
Esto se debe a que la información exógena es reportada por terceros sobre las operaciones con clientes, proveedores y otros, por lo que la Dian no puede hacer correcciones sobre esta información.
Si la información contenida en la declaración sugerida no refleja la realidad jurídica, económica y financiera de la persona o prefiere hacer su declaración desde ceros, la Dian ofrece la herramienta Programa Ayuda Renta, para elaborar la declaración con la información que disponga el contribuyente.
FUENTE: ELTIEMPO