Plazos y sanciones para la declaración de renta Personas Jurídicas:

El plazo para pagar la segunda cuota del impuesto de renta de personas jurídicas (año gravable 2025) vence entre el 9 y el 23 de julio de 2026. Esta fecha depende del último dígito del NIT de la empresa, según lo establecido en el Calendario Tributario 2026 de la DIAN.

Sanciones por no declarar o declarar fuera de plazo:

No presentar la declaración de renta o hacerlo fuera de los plazos establecidos tiene consecuencias económicas serias. Estas son las sanciones más importantes:

Tipo de sanciónCálculoSanción mínima
Extemporaneidad (declarar tarde)5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso10 UVT ($523.740)
No declarar (liquidación oficial de la DIAN)10% del mayor entre ingresos brutos o patrimonio bruto del año10 UVT
Inexactitud en la declaración200% del mayor valor del impuesto determinado10 UVT
Corrección con mayor valor a pagar10% del mayor valor (si se corrige antes de emplazamiento)10 UVT
Intereses moratorios por pago tardíoTasa DTF + 4 puntos por día de retraso

Fuente: DIAN

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